Submission

SEM-16-001

Quema de residuos agrícolas en Sonora

22 de enero de 2016 México

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Latest Update - 17 de septiembre de 2018

El Consejo votó por hacer público el expediente de hechos final.

Summary of the matter addressed in the submission:

El Peticionario asevera que México está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación en materia de cambio climático y calidad del aire, específicamente en lo relacionado con la quema de residuos agrícolas.

El Peticionario, un residente en México, asevera que cada año se queman aproximadamente 100 toneladas de residuos agrícolas, generados en casi 13,000 hectáreas de tierras destinadas a la agricultura, ubicadas en las inmediaciones de Caborca, Sonora. El Peticionario sostiene que la quema, efectuada tras la cosecha de espárrago, genera contaminación; señala, además, que el asunto ya se remitió a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa).

Summary of the response provided by the Party:

Sobre la aplicación de disposiciones en materia de medición de la calidad del aire, México informa que si bien el municipio de Caborca carece de sistemas de medición de calidad del aire, las autoridades han acordado con los productores de espárrago actividades para atender el problema de contaminación atmosférica tales como el consentimiento previo para el acceso de inspectores; la determinación de superficies para la quema; las especificaciones de horario de quema; un acuerdo sobre contribuciones monetarias por hectárea quemada, y la posibilidad de que el municipio de Caborca imponga sanciones.

Sobre la supuesta falta de permisos para la quema de residuos agrícolas, México asevera que el ayuntamiento de Caborca ha expedido permisos y autorizaciones de quema a cielo abierto de material vegetal en el municipio para la temporada 2015-2016.

Por cuanto al supuesto daño a la salud pública por las quemas a cielo abierto, México sostiene que los estudios que se han realizado concluyen que las afectaciones a la salud se relacionan con las bajas temperaturas en el municipio.

Por último, México señala que la Norma Oficial Mexicana NOM-015-Semarnat/Sagarpa-2007 Que establece las especificaciones técnicas de métodos de uso del fuego en los terrenos forestales y en los de uso agropecuario, no es aplicable al asunto planteado por el Peticionario y que su aplicación debe limitarse a aquellos terrenos cuya ubicación pueda influir en la ocurrencia de incendios forestales, lo cual —asegura— no es el caso de los terrenos agropecuarios del municipio de Caborca.

Names and citations of the environmental laws in question:

Legislación de México en materia de cambio climático y calidad del aire, específicamente en lo relacionado con la quema de residuos agrícolas.

Submitter(s):

En conformidad con el artículo 11(8), los datos personales de quien presentó la petición se mantienen confidenciales

Submission Timeline

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Submission Timeline

22 de enero de 2016

El Secretariado recibió una petición y comenzó un análisis preliminar acorde con las directrices.

Petición - Petición authored by Peticionarios on 21/01/2016

Acuse de recibo - Comunicación al (los) peticionario(s) authored by Secretariado on 22/01/2016

2 de marzo de 2016

El Secretariado notificó a los peticionarios que la petición no cumplía con todos los criterios del artículo 14(1) y que tenían 60 días para presentar una petición revisada.

Determinación - Determinación del Secretariado conforme al artículo 14(1) authored by Secretariado on 02/03/2016

29 de abril de 2016

El Secretariado recibió una petición revisada y la comenzó a analizar.

Petición - Petición authored by Peticionarios on 29/04/2016

Acuse de recibo - Comunicación al (los) peticionario(s) authored by Secretariado on 02/05/2016

4 de mayo de 2016

Conforme a la directriz 3.10, el Secretariado solicita al o los peticionarios que rectifiquen errores menores de forma.

4 de mayo de 2016

Los Peticionarios rectificaron los errores menores de forma.

13 de junio de 2016

El Secretariado determinó que la petición cumple con los criterios del artículo 14(1) y solicitó una respuesta de la Parte gubernamental afectada conforme al artículo 14(2).

Determinación - Determinación del Secretariado conforme a los artículos 14(1) y 14(2) authored by Secretariado on 13/06/2016

5 de septiembre de 2016

El Secretariado recibió una respuesta de la Parte gubernamental concerniente y comenzó a considerar si recomendar un expediente de hechos.

Respuesta de la Parte - Respuesta de la Parte conforme al artículo 14(3) authored by México on 05/09/2016

Otros documentos - Respuesta de la Parte conforme al artículo 14(3) authored by Individual or entity named in submission on 05/09/2016

Acuse de recibo - Otros documentos authored by Secretariado on 06/09/2016

Otros documentos - Respuesta de la Parte conforme al artículo 14(3) authored by México on 05/09/2016

27 de febrero de 2017

El Secretariado informó al Consejo que consideraba que la petición justificaba la preparación de un expediente de hechos.

Recomendación - Notificación del Secretariado al Consejo conforme al artículo 15(1) authored by Secretariado on 27/02/2017

9 de junio de 2017

El Consejo votó instruir al Secretariado que elaborase un expediente de hechos.

Resolución - Decisión del Consejo sobre la elaboración de un expediente de hechos authored by Consejo on 09/06/2017

16 de junio de 2017

El Secretariado puso en su página en Internet un plan de trabajo y un expediente de documentos o de otra manera lo puso a disposición del público y los interesados.

Plan de trabajo - Plan general de trabajo para el expediente de hechos authored by Secretariado on 16/06/2017

7 de julio de 2017

El Secretariado puso en su página en Internet la solicitud de información relativa al expediente de hechos.

Documento relativo a la preparación de un expediente de hechos - Solicitud de información del Secretariado para el expediente de hechos authored by Secretariado on 07/07/2017

28 de febrero de 2018

El Secretariado presentó un proyecto de expediente de hechos al Consejo para un periodo de comentarios de 45 días sobre la exactitud del mismo.

3 de mayo de 2018

El Secretariado recibió comentarios de México.

18 de junio de 2018

El Secretariado presentó un expediente de hechos final al Consejo para que éste votara sobre si hacer público el expediente de hechos final

17 de septiembre de 2018

El Consejo votó por hacer público el expediente de hechos final.

Resolución - Decisión del Consejo en torno de si el expediente de hechos se hará público authored by Consejo on 17/09/2018

Expediente de hechos final - Expediente de hechos final authored by Secretariado on 17/09/2018