Responda las siguientes tres preguntas si está considerando presentar una petición:
Es importante tener presente que, a partir del 1 de julio de 2020, el proceso SEM se rige por lo dispuesto en los artículos 24.27 y 24.28 del capítulo sobre medio ambiente del nuevo tratado comercial entre Canadá, Estados Unidos y México (CUSMA, USMCA o T-MEC, según sus siglas en cada uno de los tres países). Obsérvese que el proceso registra algunos cambios, en particular en lo que concierne a las leyes y reglamentos ambientales a que se puede hacer referencia en una petición.
Si desea conocer información más detallada a este respecto, haga clic aquí.
Si planea usted presentar una petición, utilice el formulario rellenable, siguiendo las instrucciones correspondientes, mismas que sintetizan los nuevos requisitos y lo guiarán paso a paso con indicaciones de lo que debe incluir en su petición.
Este formulario le servirá de guía en la elaboración de una petición sobre aplicación efectiva de la legislación ambiental en términos del artículo 24.27 del Tratado de Libre Comercio entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC, en adelante “el Tratado”), en vigor a partir del 1 de julio de 2020.
Para presentar su petición, lea con cuidado las instrucciones incluidas al final del formulario antes de proceder a su llenado; una vez completado, envíelo por correo electrónico a sem@cec.org, junto con los documentos pertinentes adjuntos o bien con enlaces para su descarga.
A continuación encontrará algunas herramientas para presentar una petición, así como un conjunto de directrices y un análisis del proceso SEM que le podrán servir de apoyo.
Además de presentar un panorama general del mecanismo de peticiones sobre aplicación efectiva de la legislación ambiental (SEM, por sus siglas en inglés) y su proceso, la presente publicación contiene el texto completo del Acuerdo de Cooperación Ambiental (ACA) y algunos capítulos del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), con énfasis en las disposiciones aplicables al mecanismo SEM, establecido en conformidad con los artículos 24.27 y 24.28 del T-MEC.
Conozca el estado que guardan las peticiones activas y aquellas que están cerradas (actualización a octubre de 2018).
El presente folleto contiene las Directrices para la presentación de peticiones relativas a la aplicación efectiva de la legislación ambiental, creadas inicialmente con la intención de instrumentar el proceso SEM en el marco del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte.
Si tiene alguna pregunta acerca del proceso de peticiones, comuníquese con la Unidad SEM:
Paolo Solano Tovar
Director, Asuntos jurídicos y SEM
(514) 350-4321