SEM-08-003
Transcurrieron 30 días sin que el Secretariado recibiera una petición revisada que se apegara al artículo 14(1). Por lo tanto, conforme a la directriz 6.2, el proceso terminó.
Situación actual: Cerrada
En la petición se asevera que la delegación en Quintana Roo de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) está omitiendo investigar y levantar cargos respecto de actos cometidos por un hotel local al construir un espigón en la costa de Cancún —donde el hotel se localiza—, en violación de la legislación en materia de evaluación de impacto ambiental.
Según el Peticionario, la construcción de espigones a lo largo de la costa de Cancún fue prohibida debido a que éstos inducen la erosión de las playas y, más aún, provocan depósitos de arena que resultan perjudiciales para los arrecifes de coral del parque marino de Cancún. El Peticionario agrega que la estructura en cuestión se construyó luego de que la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) negara la autorización de impacto ambiental solicitada por el hotel para construir el espigón. La presunta infracción se reportó ante la delegación estatal de la Profepa en el estado, sin que —según el Peticionario— se emprendieran acciones al respecto.
La legislación en materia de evaluación de impacto ambiental
Carlos Alvarez Flores
Acuse de recibo - Comunicación al (los) peticionario(s)
Autor: Secretariado Fecha: 21/11/2008
Petición - Petición
Autor: Peticionarios Fecha: 11/11/2008
Determinación - Determinación del Secretariado conforme al artículo 14(1)
Autor: Secretariado Fecha: 08/12/2008