Resumen del asunto referido en la petición:
Los peticionarios afirman que «en el territorio quebequense no se aplican diversas normas ambientales en materia de producción porcícola. En particular, desde hace muchos años el gobierno de Quebec omite aplicar ciertas normas de protección del medio ambiente relativas a la contaminación agrícola que ocasionan los establecimientos de producción animal, en especial las granjas porcícolas.»
Resumen de la respuesta proporcionada por la Parte:
Canadá apoya el proceso para las peticiones relativas a la aplicación efectiva de la legislación ambiental, conforme a los artículos 14 y 15 del ACAAN, disposiciones del acuerdo que se consideran esenciales. Canadá niega las aseveraciones respecto de que no se estén aplicando con efectividad sus normas ambientales en el sector agrícola, en detrimento de las disposiciones del ACAAN. Además, considera que no se justifica la elaboración de un expediente de hechos por las razones siguientes:
- Canadá, particularmente Quebec, aplica eficazmente la Loi sur la qualité de l’environnement ?Ley sobre la calidad del medio ambiente? y el Règlement sur la prévention de la pollution des eaux par les établissements de production animale ?Reglamento para la prevención de la contaminación del agua ocasionada por los establecimientos de producción animal?;
- el conjunto de medidas establecidas con anterioridad en materia de medio ambiente en el sector agrícola responde a los objetivos y obligaciones estipulados en el ACAAN, particularmente en los artículos 2, 4 y 5;
- el gobierno de Quebec acaba de aprobar justamente, un nuevo reglamento sobre contaminación agrícola y adoptó nuevas medidas para mejorar la aplicación de la Loi sur la qualité de l’environnement. En este contexto, la elaboración de un expediente de hechos no sería apropiada ya que dichas medidas forman parte del proceso de mejoría de las leyes y reglamentos, de conformidad con el artículo 3 del Acuerdo;
- la elaboración de un expediente de hechos no aportaría información nueva y tampoco permitiría un enfoque nuevo habida cuenta de los elementos y detalles que se proporcionan en la presente respuesta.
Nombre y cita de la ley ambiental en cuestión:
Leyes de Quebec
- Secciones 19(1), 20, 22, y122.1 de la Environment Quality Act, L.R.Q. 1985, c. Q-2;
- Secciones 3-4, y divisiones IV, V, VI y VII del Regulation respecting the prevention of water pollution in livestock operations, R.R.Q. 1981, c. Q-2, r.18.
Peticionario(s):
Centre québécois du droit de l'environnement