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Petición

Proyecto La Ciudadela

Código de identificación de la petición: SEM-08-001
Parte: México
Fecha de la petición: 22 de febrero de 2008
Situación actual: Cerrada

Última actualización: 12 de agosto de 2010

El Secretariado decidió no recomendar la preparación de un expediente de hechos. Por consiguiente, el proceso fue concluido.

Resumen del asunto referido en la petición:

Los Peticionarios aseveran que México está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación ambiental respecto de un sitio contaminado ubicado en Zapopan, Jalisco, en el que se pretende desarrollar el proyecto inmobiliario La Ciudadela.

En la petición SEM-08-001 (Proyecto La Ciudadela), los Peticionarios afirman que las autoridades ambientales omitieron asegurar la restauración de un sitio contaminado con metales pesados (incluyendo talio, cadmio, níquel y plomo, entre otros) en el que durante más de 30 años se desarrollaron actividades de producción de componentes electrónicos. Los Peticionarios señalan que el predio seleccionado por SSC Inmobiliaria para la construcción del proyecto La Ciudadela, sigue contaminado con metales pesados, aun cuando dicha empresa realizó la disposición final de suelo contaminado con talio.

Resumen de la respuesta proporcionada por la Parte:

En su respuesta, México asevera que la sola existencia de contaminación en el predio Labna no necesariamente configura un pasivo ambiental, concepto que está definido en la legislación ambiental en vigor en México. Agrega que la documentación adjunta a la petición no permite determinar la existencia de pasivos ambientales en el predio en cuestión. La Parte argumenta, además, que la autoridad competente determinó que las muestras tomadas en el predio muestran valores de radiación natural presente en los suelos y las aguas del sitio; que el estudio de análisis de suelo proporcionado por los Peticionarios para sustentar sus aseveraciones no cumple con los requisitos establecidos en la normatividad mexicana, y que la denuncia popular a que se refiere la petición fue atendida oportunamente por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa).
México señala que, con base en el artículo 14(3) del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN), el Secretariado no debe continuar con el trámite de la petición porque el asunto es materia de tres procedimientos judiciales pendientes de resolverse, una investigación penal en curso y tres procedimientos administrativos ante los tribunales del estado de Jalisco. México asevera que la petición no está encaminada a promover la aplicación de la ley ni adjunta las pruebas documentales que la sustenten.

Nombre y cita de la ley ambiental en cuestión:

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y su reglamento en materia de residuos peligrosos; Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos (LGPGIR) y su reglamento

Peticionario(s):

Instituto de Derecho Ambiental, A.C., Asociación Vecinal Jardines del Sol, A.C. y Colonos de Bosques de San Isidro, A.C.

Cronograma de la petición

22 de febrero de 2008

El Secretariado recibió una petición y comenzó un análisis preliminar acorde con las directrices.

Acuse de recibo - Comunicación al (los) peticionario(s)
Autor: Secretariado Fecha: 25/02/2008

Petición - Petición
Autor: Peticionarios Fecha: 18/02/2008

24 de abril de 2008

Conforme a la directriz 3.10, el Secretariado solicita al o los peticionarios que rectifiquen errores menores de forma.

3 de mayo de 2008

Los Peticionarios rectificaron los errores menores de forma.

2 de julio de 2008

El Secretariado determinó que la petición cumple con los criterios del artículo 14(1) y solicitó una respuesta de la Parte gubernamental afectada conforme al artículo 14(2).

Determinación - Determinación del Secretariado conforme a los artículos 14(1) y 14(2)
Autor: Secretariado Fecha: 02/07/2008

26 de septiembre de 2008

El Secretariado recibió una respuesta de la Parte gubernamental concerniente y comenzó a considerar si recomendar un expediente de hechos.

Respuesta de la Parte - Respuesta de la Parte conforme al artículo 14(3)
Autor: México Fecha: 26/09/2008

Acuse de recibo - Otros documentos
Autor: Secretariado Fecha: 03/10/2008

3 de octubre de 2008

El Secretariado solicitó información adicional de la Parte gubernamental afectada conforme al artículo 21(1)(b).

Solicitud de información del Secretariado - Otros documentos
Autor: Secretariado Fecha: 03/10/2008

2 de junio de 2010

El Secretariado recibió la información solicitada de la Parte gubernamental afectada.

Otros documentos - Información adicional proporcionada por la Parte conforme al artículo 21(1)(b)
Autor: México Fecha: 26/05/2010

Acuse de recibo - Otros documentos
Autor: Secretariado Fecha: 02/06/2010

12 de agosto de 2010

El Secretariado decidió no recomendar la preparación de un expediente de hechos. Por consiguiente, el proceso fue concluido.

Determinación - Determinación del Secretariado conforme al artículo 15(1)
Autor: Secretariado Fecha: 12/08/2010