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Comunicado de prensa

Publica el Secretariado de la CCA expediente de hechos en torno al proyecto City Park en León, Guanajuato, México

Montreal, 27 de julio de 2023. El 4 de julio de 2023, el Secretariado de la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) puso a disposición pública el expediente de hechos correspondiente a la petición SEM-19-002 (Proyecto City Park), luego de que el Consejo de la CCA votara a favor de autorizar su publicación. Los expedientes de hechos constituyen el paso final en el proceso de peticiones sobre aplicación efectiva de la legislación ambiental (SEM, por sus siglas en inglés) de la CCA, mecanismo que permite a ciudadanos, organizaciones y entidades de Canadá, Estados Unidos y México expresar sus inquietudes respecto de la aplicación efectiva de leyes y reglamentos en materia de medio ambiente en cualquiera de los tres países de América del Norte.

El expediente de hechos es el resultado de una petición presentada en 2019 por Acción Colectiva Socioambiental, A.C., organización sin vinculación gubernamental que aseveró que las autoridades del gobierno municipal de León, Guanajuato, autorizaron la construcción del proyecto City Park de manera ilegal, toda vez que —a decir de la Peticionaria— no eran competentes para evaluar y autorizar la obra, y en el correspondiente procedimiento de evaluación del impacto ambiental no consideraron de manera adecuada los efectos del proyecto en el medio ambiente.

En su decisión de autorizar la elaboración de un expediente de hechos relativo a la petición Proyecto City Park, emitida en noviembre de 2021, el Consejo de la CCA giró instrucciones al Secretariado para elaborar un expediente de hechos en torno a las aseveraciones planteadas por la Peticionaria respecto de la presunta falta de competencia de las autoridades municipales en lo referente a la evaluación del impacto ambiental y la autorización del proyecto, así como acerca de las supuestas omisiones por cuanto a la documentación requerida y la instrumentación del proceso de consulta y participación públicas.

Al respecto, los resultados del análisis de información de dominio público efectuado por el Secretariado —plasmados en el expediente de hechos relativo a la petición Proyecto City Park que se publicó el día 4 de julio— revelan lo siguiente:

  • Las autoridades ambientales del estado de Guanajuato determinaron que, en virtud de la naturaleza del proyecto, la autoridad competente para autorizar la correspondiente evaluación de impacto ambiental era el ayuntamiento de León, Guanajuato.
  • Las autoridades ambientales del estado de Guanajuato firmaron un convenio de coordinación administrativa con la ciudad de León. De acuerdo con los términos establecidos en dicho convenio, el gobierno municipal estaba autorizado a aplicar el procedimiento de evaluación del impacto ambiental con arreglo a la normativa estatal —no así la municipal—, y el estado de Guanajuato se reservaba el derecho de ejercer directamente las atribuciones en materia de medio ambiente transferidas en términos del convenio.
  • El Secretariado no encontró información con indicios de que se hubiera sostenido una reunión de consulta pública en relación con el proyecto de interés ni tampoco información sobre si la ciudad de León recibió opiniones o solicitudes de información en relación con la manifestación de impacto ambiental dentro de los plazos establecidos por ley.

El texto íntegro del expediente de hechos puede consultarse en el registro público de peticiones, en el sitio web de la CCA.

Cabe destacar que la petición SEM-19-002 (Proyecto City Park) y el expediente de hechos en cuestión se prepararon y trataron con apego al proceso SEM establecido en términos del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN), convenio paralelo al Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) en materia de medio ambiente, aunque debe observarse que las peticiones recibidas a partir del 1 de julio de 2020 ahora se procesan en conformidad con las disposiciones previstas en el nuevo Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), en vigor a partir de la misma fecha.

City Park

Proceso SEM de la CCA

El proceso de peticiones relativas a la aplicación efectiva de la legislación ambiental (proceso SEM, por sus siglas en inglés) de la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) fomenta la participación ciudadana y el intercambio de información entre gobiernos y ciudadanos en torno a la aplicación efectiva de leyes y reglamentos sobre medio ambiente en Canadá, Estados Unidos y México. Si usted tiene motivos para creer que alguno de los tres países no está aplicando en forma efectiva su legislación ambiental, el proceso SEM puede contribuir a atender sus inquietudes.

Es importante tener presente que, a partir del 1 de julio de 2020, el proceso SEM de la CCA se rige por lo dispuesto en los artículos 24.27 y 24.28 del capítulo sobre medio ambiente del nuevo tratado comercial entre los tres países de América del Norte (CUSMA, USMCA o T-MEC, según sus siglas en cada país).

¿Desea conocer más acerca del proceso SEM? Le invitamos a ver el siguiente video, de dos minutos de duración, a manera de introducción:

The SEM Process