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Petición

Contaminación ambiental en Hermosillo

Código de identificación de la petición: SEM-04-002
Parte: México
Fecha de la petición: 14 de julio de 2004
Situación actual: Cerrada

Última actualización: 27 de enero de 2005

El Secretariado decidió no solicitar una respuesta al gobierno de la Parte interesada. Por consiguiente, el proceso se dio por terminado conforme al inciso 8.1 de las directrices.

Resumen del asunto referido en la petición:

Los peticionarios aseveran que México está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de diversas disposiciones de la legislación ambiental mexicana en materia de prevención, monitoreo, vigilancia y control de contaminación atmosférica en la ciudad de Hermosillo, Sonora. Entre otros argumentos, los peticionarios manifiestan la presunta omisión en la vigilancia y promoción del cumplimiento de las normas oficiales mexicanas sobre control de la contaminación atmosférica; la presunta falta de acciones para prevenir contaminación del aire en bienes y zonas de jurisdicción estatal y municipal; la presunta omisión de establecer y mantener actualizado un Sistema Nacional de Información de la Calidad del Aire; y la presunta falta de definición de planes estatales y municipales de desarrollo urbano que señalen las zonas en que sean permitidas la instalación de industrias contaminantes. Las autoridades que se señalan como responsables son: la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, el Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Sonora, la Secretaría estatal de Infraestructura Urbana y Ecología, la Secretaría estatal de Salud, el Ayuntamiento de Hermosillo, las Comisiones Estatal y Nacional de Derechos Humanos, el Juzgado Segundo de Distrito en Sonora y el Tercer Tribunal Colegiado de Circuito. Además, los peticionarios solicitaron que el asunto de la petición sea también considerado como materia para la elaboración de un informe del Secretariado de la CCA en términos del artículo 13 del ACAAN.

Nombre y cita de la ley ambiental en cuestión:

Diversas disposiciones de la legislación ambiental mexicana en materia de prevención, monitoreo, vigilancia y control de contaminación atmosférica; Normas oficiales mexicanas sobre control de la contaminación atmosférica

Peticionario(s):

Academia Sonorense de Derechos Humanos, A.C., y el Lic. Domingo Gutiérrez Mendívil

Cronograma de la petición

14 de julio de 2004

El Secretariado recibió una petición y comenzó un análisis preliminar acorde con las directrices.

Acuse de recibo - Comunicación al (los) peticionario(s)
Autor: Secretariado Fecha: 15/07/2004

Petición - Petición
Autor: Peticionarios Fecha: 12/07/2004

14 de julio de 2004

El Secretariado comenzó a revisar la petición conforme a los criterios del artículo 14(1).

30 de agosto de 2004

El Secretariado notificó a los peticionarios que la petición no cumplía con todos los criterios del artículo 14(1) y que tenían 60 días para presentar una petición revisada.

Determinación - Determinación del Secretariado conforme al artículo 14(1)
Autor: Secretariado Fecha: 30/08/2004

28 de septiembre de 2004

El Secretariado recibió una petición revisada y la comenzó a analizar.

Acuse de recibo - Comunicación al (los) peticionario(s)
Autor: Secretariado Fecha: 28/09/2004

Petición - Petición
Autor: Peticionarios Fecha: 25/09/2004

9 de noviembre de 2004

El Secretariado notificó al o los peticionarios que conforme al artículo 14(2) la petición no justificaba solicitar una respuesta de la parte gubernamental afectada y que el o los peticionarios contaban con 30 días para presentar información nueva o adicional.

Determinación - Determinación del Secretariado conforme al artículo 14(2)
Autor: Secretariado Fecha: 09/11/2004

Anexo - Otros documentos
Autor: Secretariado Fecha: 09/11/2004

13 de diciembre de 2004

El Secretariado recibió información nueva o complementaria del(los) peticionario(s).

Acuse de recibo - Comunicación al (los) peticionario(s)
Autor: Secretariado Fecha: 14/12/2004

Otros documentos - Otros documentos
Autor: Peticionarios Fecha: 09/12/2004

27 de enero de 2005

El Secretariado decidió no solicitar una respuesta al gobierno de la Parte interesada. Por consiguiente, el proceso se dio por terminado conforme al inciso 8.1 de las directrices.

Determinación - Determinación del Secretariado conforme al artículo 14(2)
Autor: Secretariado Fecha: 27/01/2005