Petición

Neste Canada

Código de identificación de la petición: SEM-00-002
Parte: Estados Unidos
Fecha de la petición: 21 de enero de 2000
Situación actual: Cerrada

Última actualización: 30 de junio de 2000

El Secretariado determinó no avanzar en la petición porque el asunto estaba sujeto a un proceso judicial o administrativo pendiente.

Resumen del asunto referido en la petición:

El peticionario considera que «las dependencias regulatorias correspondientes en California no aplican las leyes ambientales, como las define el ACAAN, en lo relativo a los depósitos de almacenamiento subterráneo con el resultado de que volúmenes significativos de gasolina se filtran de manera constante en el terreno y contaminan suelo, agua y aire en dicho estado.» El peticionario asevera que, por lo que sabe acerca del clima político y regulatorio actual en California en lo que respecta concretamente a la gasolina y al metil terbutil éter (MTBE), los recursos al alcance de los particulares no parecen ser practicables. Afirma que conoce los detalles de la petición presentada por la Methanex Corporation el 18 de octubre de 1999 (SEM-99-001), y que, por su parte, ha llevado a cabo investigaciones y pesquisas exhaustivas y, sobre la base de su conocimiento de los hechos, declara que la evidencia documental proporcionada por Methanex al Secretariado refleja correctamente la situación actual. El peticionario subraya que el estado de California ha reconocido en reiteradas ocasiones que sus leyes ambientales no se aplican debidamente en lo relativo a permisos, vigilancia, análisis, reparación y retiro de tanques defectuosos, y que, si bien en la gasolina hay componentes y aditivos nocivos, el MTBE no lo es en sí. Considera que la eliminación del MTBE de la gasolina no hará que se disipe en el medio ambiente ni un litro menos de gasolina; en cambio, dificultará la detección de contaminantes en las aguas subterráneas y el medio ambiente.

Resumen de la respuesta proporcionada por la Parte:

En su respuesta a las peticiones acumuladas SEM-99-001/Methanex y SEM-00-002/Neste, Estados Unidos señala que considera que el proceso de los artículos 14 y 15 es un elemento decisivo de las iniciativas de cooperación en favor de la protección ambiental entre las Partes del ACAAN.

La Parte afirma que, si bien el gobierno estadounidense es firme partidario del proceso de las peticiones ciudadanas relativas a la aplicación de la legislación ambiental, en este caso el Secretariado no debería solicitar autorización para elaborar un expediente de hechos, dado que el asunto planteado en la petición es materia de un procedimiento judicial o administrativo pendiente de resolución. Methanex está objetando ya la aplicación de los reglamentos de California sobre tanques de almacenamiento subterráneo, como parte de su demanda de arbitraje contra Estados Unidos de conformidad con el capítulo 11 del TLC. La Parte señala que, en apego al artículo 14.3(a) del ACAAN, el Secretariado no debería continuar con el proceso de la petición.

La Parte asevera, asimismo, que California aplica con vigor y efectividad su legislación en materia de tanques de almacenamiento subterráneo y recursos hídricos, y que la demanda no diferenciada de Methanex en cuanto a que el estado de California está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de sus reglamentos ambientales sobre tanques de almacenamiento subterráneo queda contradicha por el vigoroso programa de aplicación que la entidad federativa ha puesto en práctica.

Nombre y cita de la ley ambiental en cuestión:

Safe Drinking Water Act (Ley de agua potable) (EU), U.S. Clean Water Act (Ley de agua limpia) (EU), California Water Code (Código de aguas de California) (California) y Underground Storage Tank Regulations (Normas sobre depósitos de almacenamiento subterráneo) (California).

Peticionario(s):

Neste Canada Inc.

Cronograma de la petición

21 de enero de 2000

El Secretariado recibió una petición y comenzó un análisis preliminar acorde con las directrices.

Acuse de recibo - Comunicación al (los) peticionario(s)
Autor: Secretariado Fecha: 08/03/2000

Petición - Petición
Autor: Peticionarios Fecha: 21/01/2000

17 de abril de 2000

El Secretariado determinó que la petición cumple con los criterios del artículo 14(1) y solicitó una respuesta de la Parte gubernamental afectada conforme al artículo 14(2).

Determinación - Determinación del Secretariado conforme al artículo 14(1)
Autor: Secretariado Fecha: 17/04/2000

17 de abril de 2000

El Secretariado determinó si la petición se relaciona con los mismos hechos y las mismas aseveraciones de omisión en la aplicación efectiva de la legislación ambiental que otra petición ya en consideración. Conforme a la directriz 10.3, el Secretariado acumuló la petición revisada con la petición previa, que a la fecha se encontraba en la siguiente etapa del proceso:

30 de mayo de 2000

El Secretariado recibió una respuesta de la Parte gubernamental concerniente y comenzó a considerar si recomendar un expediente de hechos.

Acuse de recibo - Otros documentos
Autor: Secretariado Fecha: 31/05/2001

Respuesta de la Parte - Respuesta de la Parte conforme al artículo 14(3)
Autor: Estados Unidos Fecha: 30/05/2000

30 de junio de 2000

El Secretariado determinó no avanzar en la petición porque el asunto estaba sujeto a un proceso judicial o administrativo pendiente.

Determinación - Determinación del Secretariado conforme al artículo 14(3)(a)
Autor: Secretariado Fecha: 30/06/2000