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Petición

Derrame de gasolina en Tehuantepec

Código de identificación de la petición: SEM-04-003
Parte: México
Fecha de la petición: 7 de septiembre de 2004
Situación actual: Cerrada

Última actualización: 22 de noviembre de 2004

Transcurrieron 30 días sin que el Secretariado recibiera una petición revisada que se apegara al artículo 14(1). Por lo tanto, conforme a la directriz 6.2, el proceso terminó.

Resumen del asunto referido en la petición:

La petición asevera que México está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación ambiental al no estar dando el debido trámite a una denuncia popular presentada ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) el 16 de febrero de 2004 la cual aseveran los peticionarios PROFEPA no ha respondido. Tal denuncia trata sobre la muerte de peces en la Laguna Superior del Golfo de Tehuantepec en el Estado Oaxaca, México, derivado del presunto derrame de 68,000 litros de gasolina a dicha laguna por la volcadura de un camión que la transportaba. Los peticionarios identifican al camión como propiedad de la empresa Servicio Especializado Huerta, S.A. de C.V. Argumentan que el supuesto derrame causó daño al medio ambiente, mató peces y puso en riesgo la salud del Pueblo Indígena Zapoteca en la zona.

Nombre y cita de la ley ambiental en cuestión:

el artículo 4to de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 5to fracciones I, II, III, V, XVIII y XIX; 7; 8; 10; 15; 111; 111 Bis; 112; 117; 145; 146; 147; 147 Bis; 148; 149; 150; 151; 152; 152 Bis; y demás relativos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; los artículos 1; 4; 7.3 y 15 del Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes de la Organización Internacional del Trabajo.

Peticionario(s):

Centro de Derechos Humanos Tepeyac del Istmo de Tehuantepec, A.C., Atarrayeros de la Laguna Santa Cruz, S.C. de R.L. de C.V.; Sociedad Cooperativa de Pescaderos Rey de las Olas, S.C. de R.L. de C.V.; Sociedad Cooperativa Producción Pesquera Acuícola Pescadores del Milenio, S.C. de R.L. de C.V.; y Sociedad Cooperativa de Producción Pesquera Che Cata S.C. de R.L. de C.V.

Cronograma de la petición

7 de septiembre de 2004

El Secretariado recibió una petición y comenzó un análisis preliminar acorde con las directrices.

Acuse de recibo - Comunicación al (los) peticionario(s)
Autor: Secretariado Fecha: 09/09/2004

Petición - Petición
Autor: Peticionarios Fecha: 23/08/2004

7 de octubre de 2004

El Secretariado notificó a los peticionarios que la petición no cumplía con todos los criterios del artículo 14(1) y que tenían 60 días para presentar una petición revisada.

Determinación - Determinación del Secretariado conforme al artículo 14(1)
Autor: Secretariado Fecha: 07/10/2004

22 de noviembre de 2004

Transcurrieron 30 días sin que el Secretariado recibiera una petición revisada que se apegara al artículo 14(1). Por lo tanto, conforme a la directriz 6.2, el proceso terminó.