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Comunicado de prensa

Recibe la CCA petición sobre la protección del oso polar

Montreal, a 8 de diciembre de 2011. El 5 de diciembre de 2011, el Center for Biological Diversity (el «Peticionario») presentó ante el Secretariado de la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) una petición en la que asevera que Canadá está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de la Ley Canadiense de Especies en Riesgo (Species at Risk Act, en adelante la «Ley» o «SARA») al no haber incluido oportunamente al oso polar en la lista de especies amenazadas o en peligro de extinción, «negándole de esta manera la protección legal sustantiva otorgada por la Ley».

Según el Peticionario, la población de osos polares de Canadá representa alrededor de 60 por ciento de la población total de esa especie en el planeta, constituida por entre 20,000 y 25,000 individuos. Afirma, en la petición SEM-11-003 (Protección del oso polar), que el Comité sobre el Estado de la Vida Silvestre en Peligro en Canadá (Committee on the Status of Endangered Wildlife in Canada, COSEWIC) no tomó en consideración la mejor información disponible sobre la situación de dicha especie en Canadá y, en consecuencia, recomendó a Canadá la inclusión del oso polar en el listado de especies de preocupación especial. El Peticionario asevera que, con base en la mejor información disponible, el oso polar debería incluirse como especie en peligro de extinción o amenazada. Sostiene que, entre otras presuntas omisiones en la aplicación efectiva de la SARA, el «COSEWIC hizo caso omiso del impacto crítico que el cambio climático tendrá en la especie, en contraposición directa con las opiniones de expertos en el oso polar».

El Peticionario afirma también que el ministro de Medio Ambiente de Canadá (el «Ministro») infringió la Ley al no cumplir con las fechas límite para responder a la recomendación del COSEWIC y que, además, cuando en noviembre de 2011 finalmente recomendó al gabinete federal la inclusión del oso polar en la lista de especies de preocupación especial, el Ministro incumplió con la Ley al basar su recomendación en la supuestamente «inválida e ilícita evaluación» del COSEWIC.

El Peticionario señala que «Canadá no incluyó al oso polar en la lista de especies en peligro de extinción o amenazadas, incurriendo así en infracciones tanto de forma como de fondo de la SARA. Si Canadá hubiera dado cabal cumplimiento a la Ley, el oso polar habría sido incluido en la lista de especies en peligro de extinción hace dos años y medio, de manera que hoy la especie estaría ya protegida por una estrategia de recuperación y su hábitat crítico habría sido identificado».

El Secretariado de la CCA analiza actualmente la petición SEM-11-003 para determinar si cumple con los criterios establecidos en el artículo 14 del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN).

Los artículos 14 y 15 del ACAAN incluyen procedimientos por los que cualquier persona u organización no gubernamental puede presentar al Secretariado una petición en la que asevere que «una Parte [del ACAAN] está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación ambiental». Para explicar estos procedimientos, la CCA publicó sus «Directrices para la presentación de peticiones ciudadanas».

En los casos en que así proceda, y con la aprobación del Consejo de la CCA, el Secretariado puede examinar a profundidad el asunto de la petición e integrar un expediente de hechos con sus hallazgos.

Para mayor información, consulte la página de las peticiones ciudadanas y el registro de la petición SEM-11-003 (Protección del oso polar) en el sitio web de la CCA.

Acerca de la CCA

La Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) es una organización intergubernamental establecida en 1994 por Canadá, Estados Unidos y México en virtud del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN), convenio paralelo del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) en materia de medio ambiente. A partir de 2020, con arreglo al nuevo Tratado México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC), la CCA se rige por el también nuevo Acuerdo de Cooperación Ambiental (ACA), que la reconoce y establece los términos para continuar su funcionamiento. La CCA reúne a una amplia diversidad de interesados —incluidos el público en general, comunidades indígenas, jóvenes, organizaciones no gubernamentales, académicos y empresarios— en busca de soluciones para proteger el medio ambiente compartido de América del Norte y, al mismo tiempo, fomentar un desarrollo sustentable en la región en beneficio de las generaciones presentes y futuras.

La CCA está regida y financiada a partes iguales por los gobiernos de: Canadá, a través del ministerio federal de Medio Ambiente y Cambio Climático (Environment and Climate Change Canada, ECCC); los Estados Unidos de América, por medio de la Agencia de Protección Ambiental (Environmental Protection Agency, EPA), y los Estados Unidos Mexicanos, mediante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

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