CEC hero image, a  photo of Array

Comunicado de prensa

Recibe la CCA petición sobre desarrollo residencial cerca del Bosque La Primavera, en Jalisco, México

Montreal, 12 de mayo de 2023. El día de ayer, la organización Unión de Colonias de la Puerta Sur, con sede en México, presentó ante la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) una petición en conformidad con las disposiciones previstas en el capítulo 24 del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC). La Peticionaria asevera que México está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de sus leyes ambientales en lo que respecta a evaluar debidamente las repercusiones medioambientales de un desarrollo residencial ubicado en Tlajomulco de Zúñiga, en el estado de Jalisco, México, en colindancia con el área natural protegida denominada Bosque La Primavera, que también está designada como reserva de la biosfera por la UNESCO.

En la petición SEM-23-004 (Bosque La Primavera II), se asevera que México está incumpliendo con seguir el procedimiento correspondiente a la evaluación de impacto ambiental para gestionar y mitigar las repercusiones en el medio ambiente del proyecto de urbanización Santa Anita Hills —también denominado Bosque Alto— y, con ello, garantizar el derecho a un ambiente sano. En concreto, la Peticionaria afirma que la autoridad gubernamental competente incurre en omisiones en la aplicación efectiva de las disposiciones previstas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS).

La Peticionaria sostiene que el proyecto de desarrollo inmobiliario afectará los recursos forestales del lugar y podría ocasionar erosión; pérdida de suelo superficial; vastos volúmenes de escorrentías; el retiro de nutrientes y materia orgánica; menor profundidad de enraizamiento de flora; ritmo reducido de infiltración y retención de agua, y capacidad disminuida para captar y almacenar carbono y producir oxígeno como resultado de la remoción de árboles. Agrega que la realización del proyecto conforme a los términos del permiso en vigor alterará el equilibrio del ecosistema, restándole capacidad para prestar servicios ambientales a la comunidad, como purificación del aire y el agua, regulación de las condiciones climáticas, y protección frente a desastres naturales. A decir de la Peticionaria, el desequilibrio provocado podría traducirse en una pérdida irreversible de recursos naturales, así como una merma en la calidad de vida de la población que de éstos depende.

En 2015, el Secretariado de la CCA recibió una petición similar, la SEM-15-001 (Bosque La Primavera), en la que se aseveraba que el proyecto de urbanización conocido como Santa Anita Hills estaba causando la destrucción de la zona de amortiguamiento del área protegida Bosque La Primavera. El Consejo de la CCA ordenó al Secretariado no elaborar un expediente de hechos relativo a dicho caso.

El Secretariado de la CCA cuenta con treinta (30) días para examinar la petición y determinar si ésta satisface los requisitos establecidos en los artículos 24.27(1), (2) y (3) del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá. Si desea obtener información más detallada al respecto, le invitamos a consultar la página de SEM-23-004 (Bosque La Primavera II) en el registro público de peticiones de la CCA.

SEM Submission

En la petición, presentada conforme al capítulo 24 del T-MEC, se asevera que México está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación ambiental en lo relativo a la evaluación de impactos ambientales asociados con un proyecto de desarrollo inmobiliario en Tlajomulco de Zúñiga, en las inmediaciones del Bosque La Primavera, área natural protegida ubicada en Jalisco, México.

Proceso SEM de la CCA

El proceso de peticiones relativas a la aplicación efectiva de la legislación ambiental (proceso SEM, por sus siglas en inglés) de la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) fomenta la participación ciudadana y el intercambio de información entre gobiernos y ciudadanos en torno a la aplicación efectiva de leyes y reglamentos sobre medio ambiente en Canadá, Estados Unidos y México. Si usted tiene motivos para creer que alguno de los tres países no está aplicando en forma efectiva su legislación ambiental, el proceso SEM puede contribuir a atender sus inquietudes.

Es importante tener presente que, a partir del 1 de julio de 2020, el proceso SEM de la CCA se rige por lo dispuesto en los artículos 24.27 y 24.28 del capítulo sobre medio ambiente del nuevo tratado comercial entre los tres países de América del Norte (CUSMA, USMCA o T-MEC, según sus siglas en cada país).

¿Desea conocer más acerca del proceso SEM? Le invitamos a ver el siguiente video, de dos minutos de duración, a manera de introducción:

The SEM Process