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Resolución de Consejo 95-13

Resolución de Consejo 95-13

Montreal, 9 de noviembre de 1995

 

Recaudación interna de impuestos efectuada por la CCA a los empleados canadienses

EL CONSEJO:

HABIENDO NOTADO que la Comisión será reconocida oficialmente como una organización internacional conforme al Artículo 5 de la Canadian Foreign Missions and International Organizations Act [Ley Canadiense sobre las Embajadas Extranjeras y las Organizaciones Internacionales];

CONSIDERANDO que el artículo 126 (3) de la Canadian Income Tax Act [Ley Canadiense sobre el Impuesto sobre la Renta] y el Artículo 772.1 de la Quebec Income Tax Act [Ley Quebequense sobre el Impuesto sobre la Renta] permiten a las Organizaciones Internacionales aplicar una recaudación interna de los impuestos en lugar de los impuestos sobre la renta respecto a los sueldos y remuneraciones de sus empleados;

CONSIDERANDO ADEMÁS la voluntad de las Partes para garantizar la imparcialidad y equidad entre los ciudadanos de las tres Partes que trabajan en el Secretariado;

RECONOCIENDO la facultad de cada una de las Partes para que sus ciudadanos presenten una declaración de impuestos internos;

ACEPTANDO que para el año fiscal 1994, el Director Ejecutivo actuando según la recomendación del Consejo, dispuso para los empleados canadienses una recaudación interna en lugar de los impuestos a una tasa equivalente a la suma de los impuestos sobre la renta a nivel federal y provincial que se debería pagar normalmente.

AUTORIZA formalmente al Director Ejecutivo para que mantenga el sistema de recaudación interna de impuestos para los empleados canadienses.

APROBADO EN NOMBRE DEL CONSEJO:

José Luis Samaniego (Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos)

William Nitze (Gobierno de los Estados Unidos de América)

Anthony Clarke (Gobierno de Canadá)

CERTIFICADO POR:

 

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Víctor Lichtinger

Director Ejecutivo

Recaudación interna de impuestos efectuada por la CCA a los empleados canadienses.