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Resolución de Consejo 15-02

Resolución de Consejo 15-02

Distribución: General
C/C.01/15/RES/02/Final
ORIGINAL: INGLÉS

19 de mayo de 2015

RESOLUCIÓN DE CONSEJO 15-02

Instrucciones al Secretariado de la Comisión para la Cooperación Ambiental respecto de la petición SEM-13-001 (Desarrollo turístico en el golfo de California), en la que se asevera que México está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de disposiciones previstas en la Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional, Especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas (“Convención de Ramsar”); la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural (“Convención del Patrimonio Mundial”); la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA); el Reglamento de la LGEEPA en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental(REIA); la Ley General de Vida Silvestre (LGVS); la Norma Oficial Mexicana NOM-022-Semarnat-2003, Que establece las especificaciones para la preservación, conservación, aprovechamiento sustentable y restauración de los humedales costeros en zonas de manglar (“NOM-022”), y la Norma Oficial Mexicana NOM-059- Semarnat-2010, Protección ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo (“NOM-059”).

EL CONSEJO:

EN RESPALDO del proceso previsto en los artículos 14 y 15 del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN o “Acuerdo”) en materia de peticiones relativas a la aplicación efectiva de la legislación ambiental y la elaboración de expedientes de hechos;

AFIRMANDO que las Partes del ACAAN establecieron el proceso previsto en los artículos 14 y 15 del Acuerdo para brindar oportunidad a los residentes en Canadá, Estados Unidos y México de manifestar sus preocupaciones en torno a asuntos relacionados con la aplicación efectiva de la legislación ambiental y poner los hechos en claro respecto de tales preocupaciones;

RECONOCIENDO que el proceso de peticiones relativas a la aplicación efectiva de la legislación ambiental (SEM, por sus siglas en inglés) se creó con el propósito de fomentar el intercambio de información entre la ciudadanía y los gobiernos acerca de asuntos relacionados con la aplicación efectiva de la legislación ambiental;

HABIENDO CONSIDERADO la petición revisada presentada el 16 de agosto de 2013 por la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), representada por Sandra Moguel, y Earthjustice, representada por Sarah Burt, en representación de distintas organizaciones (en conjunto, los “Peticionarios”), así como la respuesta proporcionada el 24 de febrero de 2014 por el gobierno de México (la “Respuesta”);

HABIENDO REVISADO la notificación presentada por el Secretariado de la CCA el 5 de septiembre de 2014, en la que se recomienda la elaboración de un expediente de hechos en relación con ciertas aseveraciones planteadas por los Peticionarios;

CONSCIENTE de que, en la Respuesta, México aporta información respecto de las acciones de aplicación de la legislación que ha emprendido en relación con las aseveraciones planteadas en la petición;

CON BASE EN el apartado 10.4 de las Directrices para la presentación de peticiones relativas a la aplicación efectiva de la legislación ambiental conforme a los artículos 14 y 15 del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte, que establece que “[e]l Consejo expondrá, por escrito, las razones en que basa su decisión [sobre la elaboración de un expediente de hechos], mismas que deberán ser puestas en el registro público [de peticiones]”; y

HACIENDO NOTAR que la postura de las Partes reflejada en las razones que motivan los votos de los integrantes del Consejo no deberá considerarse como el punto de vista del Consejo en su totalidad.

POR LA PRESENTE, CON LAS DOS TERCERAS PARTES DE SUS VOTOS, DECIDE:

GIRAR INSTRUCCIONES al Secretariado para que no prepare un expediente de hechos respecto de esta petición, y

DECIDE UNÁNIMEMENTE:

ENCOMENDAR al Secretariado que dé a conocer en el registro público de peticiones las razones que motivaron los votos de los integrantes del Consejo de la CCA.

Aprobada en representación del Consejo:

____________________________________

Louise Métivier

Gobierno de Canadá

A favor de la instrucción de que no se prepare un expediente de hechos

____________________________________

Enrique Lendo Fuentes

Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos

A favor de la instrucción de que no se prepare un expediente de hechos

____________________________________

Jane Nishida

Gobierno de los Estados Unidos de América

En contra de la instrucción de que no se prepare un expediente de hechos 

Instrucciones al Secretariado de la Comisión para la Cooperación Ambiental respecto de la petición SEM-13-001 (Desarrollo turístico en el golfo de California), en la que se asevera que México está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de disposiciones previstas en la Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional, Especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas (“Convención de Ramsar”); la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural (“Convención del Patrimonio Mundial”); la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente…