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Resolución de Consejo 03-04

Resolución de Consejo 03-04

Distribución: General

C/C.01/03-02/RES/04/final

ORIGINAL: ESPAÑOL

22 de abril de 2003

Instrucción al Secretariado de la Comisión para la Cooperación Ambiental de América del Norte relativa a la aseveración de que México está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de la legislación ambiental en la Sierra Tarahumara, en el estado de Chihuahua (SEM-00-006).

EL CONSEJO:

APOYANDO el proceso estipulado en los artículos 14 y 15 del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN) sobre peticiones relativas a la aplicación efectiva de la legislación ambiental y la elaboración de expedientes de hechos;

CONSIDERANDO la petición presentada el 9 de junio de 2000 por la Comisión de Solidaridad y Defensa de los Derechos Humanos, A.C., la cual representa en este procedimiento de petición a diversas comunidades tarahumaras;

HACIENDO NOTAR que el Secretariado hizo modificaciones a la petición, contraviniendo lo establecido en el ACAAN y en las Directrices para la presentación de peticiones ciudadanas relativas a la aplicación efectiva de la legislación ambiental conforme a los artículos 14 y 15 del ACAAN (Directrices), y determinó con fecha 6 de noviembre de 2001 que la petición ameritaba una respuesta de la Parte;

OBSERVANDO ADEMÁS que el 15 de febrero de 2002 el gobierno de México presentó ante el Secretariado su respuesta, con fundamento en el artículo 14(3) del ACAAN;

HABIENDO SIDO INFORMADO por parte de México de que se resolvieron ya los procedimientos administrativos correspondientes a las denuncias ciudadanas contempladas en los incisos H y M de la petición;

HABIENDO REVISADO la notificación del Secretariado de fecha 29 de agosto del 2002, en el sentido de que se amerita la elaboración de un expediente de hechos;

POR LA PRESENTE RESUELVE DE MANERA UNÁNIME:

GIRAR INSTRUCCIONES al Secretariado para elaborar un expediente final de hechos relativo a la petición;

RECORDAR al Secretariado que cualquier apoyo que brinde a los peticionarios deberá ceñirse a lo establecido en el ACAAN y en las Directrices;

ORDENAR al Secretariado que presente a las Partes su plan general de trabajo para la recopilación de los hechos relevantes y les brinde oportunidad de hacer comentarios al respecto;

ORDENAR al Secretariado que notifique al peticionario sobre esta resolución.

APROBADA POR EL CONSEJO:

 

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Judith E. Ayres

Gobierno de los Estados Unidos de América

 

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Olga Ojeda Cárdenas

Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos

 

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Norine Smith

Gobierno de Canadá

Instrucción al Secretariado de la Comisión para la Cooperación Ambiental de América del Norte relativa a la aseveración de que México está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de la legislación ambiental en la Sierra Tarahumara, en el estado de Chihuahua (SEM-00-006).