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Resolución de Consejo 02-13

Resolución de Consejo 02-13

Distribución : General

C/C.01/02-06/02-13/Final

ORIGINAL : Español

10 de diciembre de 2002

Instrucción al Secretariado de la Comisión para la Cooperación Ambiental relativa a la aseveración de que México está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación ambiental respecto del establecimiento y la operación del confinamiento de residuos peligrosos Cytrar, ubicado en la proximidad de la ciudad de Hermosillo, Sonora, México (SEM-01-001).

EL CONSEJO:

APOYANDO el proceso estipulado en los artículos 14 y 15 del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN) sobre peticiones relativas a la aplicación de la legislación ambiental y la preparación de expedientes de hechos;

CONSIDERANDO la petición sobre el asunto arriba mencionado, presentada el 14 de febrero de 2001 por la Academia Sonorense de Derechos Humanos AC y Domingo Gutiérrez Mendívil; la petición del Secretariado al gobierno de México de una respuesta, fechada el 24 de abril de 2001; la respuesta del gobierno de México, de fecha 1 de junio de 2001, y la información adicional presentada por el gobierno de México, incluida la de fecha 19 de julio de 2001;

DESTACANDO que, en la respuesta de la Parte, México informó al Secretariado, en términos del artículo 14(3)(a) del ACAAN, que el asunto de la petición es objeto de un procedimiento pendiente de solución de controversias en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a la Inversión («CIADI»);

CONSCIENTE de que el artículo 14(3) del ACAAN establece que una vez que una Parte ha notificado al Secretariado, en un plazo de 30 días y, en circunstancias excepcionales previa notificación al secretariado en un plazo de 60 días posteriores a la entrega de la solicitud, que el asunto es materia de un procedimiento judicial o administrativo, el Secretariado no continuará con el trámite, y

HABIENDO REVISADO la sugerencia del Secretariado de fecha 29 de julio de 2001, que indica que la petición amerita la elaboración de un expediente de hechos;

POR MEDIO DE LA PRESENTE RESUELVE POR UNANIMIDAD:

INSTRUIR al Secretariado para que no elabore un expediente de hechos con respecto a la petición que se menciona en el título de esta resolución y

ORDENAR al Secretariado que se notifique al peticionario de la resolución acordada por el Consejo, relativa a la petición SEM-01-001.

APROBADA POR EL CONSEJO:

 

___________________________________

Judith E. Ayres

Gobierno de los Estados Unidos de América

 

___________________________________

Olga Ojeda

Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos

 

___________________________________

Norine Smith

Gobierno de Canadá

Instrucción al Secretariado de la Comisión para la Cooperación Ambiental relativa a la aseveración de que México está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación ambiental respecto del establecimiento y la operación del confinamiento de residuos peligrosos Cytrar, ubicado en la proximidad de la ciudad de Hermosillo, Sonora, México (SEM-01-001).