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Resolución de Consejo 02-07

Resolución de Consejo 02-07

Distribución: General

C/02-00/RES/07/final

ORIGINAL:  Inglés

Ottawa, a 19 de junio de 2002

Elaboración de un Plan de Acción Regional de América del Norte sobre el lindano

EL CONSEJO:

RECORDANDO el compromiso de las Partes con respecto al manejo adecuado de las sustancias químicas, de conformidad con la Agenda 21 adoptada durante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de 1992;

REAFIRMANDO la Resolución de Consejo 95-05 sobre el Manejo Adecuado de las Sustancias Químicas (MASQ), aprobada el 13 de octubre de 1995 en Oaxaca, México, y las decisiones y compromisos para desarrollar planes de acción regional sobre sustancias tóxicas prioritarias y persistentes de interés común para Canadá, Estados Unidos y México;

RECORDANDO que en la Resolución de Consejo 95-05 se estableció un Grupo de Trabajo de América del Norte sobre Manejo Adecuado de las Sustancias Químicas (Grupo de Trabajo MASQ) formado por dos funcionarios de alto nivel designados por cada Parte y cuyas funciones están relacionadas con la reglamentación o manejo de las sustancias tóxicas, para trabajar con la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) a fin de instrumentar las decisiones y los compromisos establecidos en dicha resolución;

OBSERVANDO que, con la asesoría de este Grupo de Trabajo MASQ, el Equipo de Tarea sobre Criterios creó un Proceso para Evaluar las Sustancias Nominadas para Acción Regional conforme a la Iniciativa para el Manejo Adecuado de las Sustancias Químicas en cumplimiento de las instrucciones del Consejo de elaborar criterios depurados para la identificación de sustancias tóxicas y persistentes para la acción regional;

TOMANDO EN CUENTA que el Grupo de Trabajo MASQ aprobó el Documento Final de Decisión sobre el Lindano de acuerdo con el Proceso para Evaluar las Sustancias Nominadas para Acción Regional conforme a la Iniciativa Manejo Adecuado de las Sustancias Químicas elaborado por el Equipo de Tarea para la Selección de Sustancias y finalizado previa consulta pública;

HACIENDO NOTAR que el Equipo de Tarea para la Selección de Sustancias recomendó al Grupo de Trabajo MASQ la preparación de un PARAN sobre el lindano;

SEÑALANDO que la Agencia de Protección Ambiental de EU y la Agencia de Regulación del Uso de Plaguicidas del Ministerio de Salud de Canadá cooperaron recientemente en un análisis de la información científica disponible sobre el lindano dentro del Grupo Técnico de Trabajo sobre Plaguicidas del Tratado de Libre Comercio de América del Norte;

OBSERVANDO que el lindano es uno de los contaminantes plaguicidas organoclorados más abundantes y penetrantes en el medio ambiente y que se ha demostrado que se traslada de zonas templadas hacia los ambientes más fríos del norte, incluido el Ártico;

OBSERVANDO ADEMÁS que el lindano se puede bioacumular de niveles moderados a altamente tóxicos en la biota, la vida silvestre y los seres humanos y que en condiciones de exposición a largo plazo la bioacumulación de lindano puede ser mayor que su metabolismo en los animales;

HACIENDO NOTAR que los niños están expuestos a un mayor riesgo por la aplicación directa de productos con contenido de lindano utilizados para combatir la pediculosis y la sarna aun cuando existen opciones menos tóxicas;

HACIENDO NOTAR ADEMÁS que la calidad del agua potable y los organismos acuáticos están expuestos a un mayor riesgo debido a la eliminación directa de productos con contenido de lindano a través de sistemas de drenaje en los que no es factible, en términos de costo-beneficio, remover el lindano antes de la descarga a los mantos acuíferos;

DESTACANDO que los esfuerzos para reducir o eliminar el uso del lindano en América del Norte disminuirán los riesgos de exposición para grupos de población específicos (por ejemplo, trabajadores que usan el lindano, comunidades indígenas del norte, mujeres embarazadas y niños); contribuirán a disminuir los niveles de lindano en el medio ambiente; y, de manera ideal, reducirán los costos relacionados con la atención médica para humanos;

DESTACANDO TAMBIÉN que la gestión coordinada del lindano en América del Norte ayudará a los tres países a promover la reducción de fuentes externas a la región que contribuyen a los niveles del lindano en el medio ambiente de la región;

CONVENCIDOS de que el uso continuo del lindano puede presentar riesgos no razonables para el medio ambiente y la salud humana en Canadá, Estados Unidos y México;

RECORDANDO que el lindano es una sustancia de Nivel II, programada para su eliminación, en el acuerdo de la Estrategia Binacional sobre Sustancias Tóxicas en los Grandes Lagos entre Canadá y Estados Unidos; y

RECORDANDO TAMBIÉN que el lindano está incluido en la lista del Anexo II de contaminantes orgánicos persistentes identificados en el Protocolo de Aarhus sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa, formulado en 1998 de conformidad con la Convención sobre Contaminación Atmosférica Transfronteriza a Grandes Distancias de 1979;

POR LA PRESENTE:

INSTRUYE al Grupo de Trabajo MASQ a preparar un PARAN sobre lindano, tomando en cuenta:

  1. las consideraciones de las Partes respecto a los recursos, así como sus requerimientos de desarrollo de la capacidad y su habilidad para incrementar la capacidad a través de diversas fuentes de financiamiento;
  2. las oportunidades de intercambio de conocimientos, experiencia y tecnología para la evaluación y atención de la exposición al lindano y los riesgos que esta sustancia representa para los seres humanos y el medio ambiente;
  3. la posibilidad de utilizar de otras iniciativas del programa MASQ, como el PARAN sobre Monitoreo y Evaluación Ambientales para vigilar los niveles en el medio ambiente y en los humanos, a fin de mejorar la capacidad para evaluar la exposición a esta sustancia y los riesgos que representa para los seres humanos y el medio ambiente;
  4. los comentarios recibidos durante el periodo de consulta pública y los comentarios sobre el documento de decisión;
  5. los comentarios planteados en la carta de presentación que el Equipo de Tarea para la Selección de Sustancias envió el 5 de julio de 2001 al Grupo de Trabajo MASQ, referentes a la necesidad de mejorar los inventarios (de isómeros alfa y gama del hexaclorociclohexano [HCCH], así como los relacionados con la naturaleza de los productos y el grado en el que siguen estando disponibles, por ejemplo, por sus usos en salud pública, veterinaria, agricultura y usos domésticos) y tomar en consideración las emisiones a los diversos elementos del medio ambiente;
  6. los planteamientos para fomentar la participación significativa de la ciudadanía y los expertos en cuestiones técnicas y de políticas en la elaboración del PARAN, considerando en particular, al sector de salud pública, a los profesionales en salud infantil y a las comunidades indígenas; y 
  7. toda información pertinente derivada de las revisiones que sobre estas sustancias se realizan en los ámbitos regional y multilateral, reconociendo al mismo tiempo que tales revisiones no deben demorar la acción en América del Norte.

APROBADA POR EL CONSEJO:

 

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David Anderson

Gobierno de Canadá

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Víctor Lichtinger

Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos

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Christine Todd Whitman

Gobierno de los Estados Unidos de América

Elaboración de un Plan de Acción Regional de América del Norte sobre el lindano