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Resolución de Consejo 02-03

Resolución de Consejo 02-03

Distribución: General

C/C.01/02-01/RES/03/Final

ORIGINAL: ESPAÑOL

17 de mayo de 2002

Instrucción al Secretariado de la Comisión para la Cooperación Ambiental relativa a la aseveración de que México está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de algunas leyes ambientales, con relación al funcionamiento de la planta productora detrióxido de molibdeno, operada por la empresa Molymex S. A. de C. V., ubicada en el municipio de Cumpas, en el estado de Sonora, México.

EL CONSEJO:

APOYANDO el proceso estipulado en los artículos 14 y 15 del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN) sobre las peticiones relativas a la aplicación de la legislación ambiental y la elaboración de expedientes de hechos;

CONSIDERANDO la petición sobre el asunto arriba mencionado presentada el 6 de abril de 2000 por Academia Sonorense de Derechos Humanos A. C., y Domingo Gutiérrez Mendivil; y la respuesta dada por el gobierno de los Estados Unidos Mexicanos el 18 de enero de 2001; y

HABIENDO REVISADO la notificación del Secretariado del 20 de diciembre de 2001 en el sentido de que ciertas aseveraciones de la petición (SEM-00-005) ameritan la elaboración de un expediente de hechos.

POR LA PRESENTE DE FORMA UNÁNIME DECIDE:

INSTRUIR al Secretariado para que elabore un expediente de hechos en términos del artículo 15 del ACAAN y las Directrices para la presentación de peticiones relativas a la aplicación efectiva de la legislación ambiental conforme a los artículos 14 y 15 del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte respecto de las aseveraciones planteadas en la petición SEM-00-005 de que México está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de los artículos 28, fracción tercera; 29, fracciones IV y VI; 32 y 112 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y respecto de la Norma Oficial Mexicana NOM-022-SSA1/1993 respecto del funcionamiento de la planta productora de trióxido de molibdeno, operada por la empresa Molymex S. A. de C. V., ubicada en el municipio de Cumpas, en el estado de Sonora, México;

INSTRUIR al Secretariado para que entregue a las Partes su plan global de trabajo para reunir la información pertinente y otorgue a las Partes la oportunidad de comentar dicho plan, y

GIRAR INSTRUCCIONES al Secretariado para que, en la elaboración del expediente de hechos, considere si la Parte en cuestión «está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación ambiental» a partir de la entrada en vigor del ACAAN, el 1 de enero de 1994. Al examinar esta supuesta omisión, el expediente de hechos podrá incluir hechos pertinentes anteriores al 1 de enero de 1994.

APROBADA POR EL CONSEJO:

 

_________________________

Judith E. Ayres

por el Gobierno de los Estados Unidos de América

 

_________________________

Olga Ojeda Cárdenas

por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos

 

_________________________

Norine Smith

por el Gobierno de Canadá

Instrucción al Secretariado de la Comisión para la Cooperación Ambiental relativa a la aseveración de que México está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de algunas leyes ambientales, con relación al funcionamiento de la planta productora de trióxido de molibdeno, operada por la empresa Molymex S. A. de C. V., ubicada en el municipio de Cumpas, en el estado de Sonora, México.