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Petición

Parque Nacional Los Remedios II

Código de identificación de la petición: SEM-09-003
Parte: México
Fecha de la petición: 16 de julio de 2009
Situación actual: Cerrada

Última actualización: 27 de julio de 2011

El Secretariado decidió no recomendar la preparación de un expediente de hechos. Por consiguiente, el proceso fue concluido.

Resumen del asunto referido en la petición:

La peticionaria asevera que México está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación ambiental con respecto a la conservación y protección del Parque Nacional Los Remedios, ubicado en Naucalpan, Estado de México.

La Peticionaria señala que el parque fue creado por decreto presidencial el 15 de abril de 1938 y que en 1995 su administración se cedió al Estado de México y al municipio de Naucalpan. También asevera que las autoridades federales, estatales y municipales tienen la obligación de elaborar un programa de gestión para la protección y conservación del parque -programa que a la fecha no ha quedado plenamente establecido-; proporciona información sobre la supuesta lotificación irregular en la zona del parque, y plantea además que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) sostuvo injustificadamente que el decreto presidencial de 1938 había sido abrogado de manera tácita, aunque parcial, por un decreto presidencial de 1970 por el que se creó una zona habitacional, siendo que el nuevo decreto -sostiene la Peticionaria- «no corresponde al mismo lugar».

Resumen de la respuesta proporcionada por la Parte:

En su respuesta, México solicita, con base en el artículo 14(3)(a) del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte, dar por terminado el trámite de la petición porque -afirma- el asunto es materia de diversos recursos pendientes de resolución. Asimismo, solicita mantener como confidencial la información proporcionada al respecto. Sostiene que las aseveraciones de la petición relativas a asentamientos urbanos presuntamente irregulares aluden a cuestiones que ocurren fuera del área vigente de aplicación del decreto de creación del Parque Nacional Los Remedios. Asimismo, sostiene que la supuesta tala de árboles en dicho parque es objeto de procedimientos pendientes de resolverse. México indica que la obligación de emitir un programa de manejo para el Parque Nacional Los Remedios carece de sustento legal, debido a que la legislación vigente en el momento de su creación no contemplaba tal obligación. Afirma que tampoco es aplicable la obligación de la Semarnat de administrar programas y zonas de restauración, porque semejante programa no ha sido expedido para este Parque. En su respuesta, México expone las acciones en curso para la conservación y restauración de la superficie actual del Parque.

Nombre y cita de la ley ambiental en cuestión:

Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Areas Naturales Protegidas.

Peticionario(s):

Asociación Fuerza Unida Emiliano Zapata en Pro de la Areas Verdes, A.C.

Cronograma de la petición

16 de julio de 2009

El Secretariado recibió una petición y comenzó un análisis preliminar acorde con las directrices.

Petición - Petición
Autor: Peticionarios Fecha: 16/07/2009

22 de julio de 2009

Conforme a la directriz 3.10, el Secretariado solicita al o los peticionarios que rectifiquen errores menores de forma.

Acuse de recibo - Comunicación al (los) peticionario(s)
Autor: Secretariado Fecha: 22/07/2009

6 de agosto de 2009

Los Peticionarios rectificaron los errores menores de forma.

Petición - Petición
Autor: Peticionarios Fecha: 06/08/2009

10 de agosto de 2009

El Secretariado comenzó a revisar la petición conforme a los criterios del artículo 14(1).

Acuse de recibo - Comunicación al (los) peticionario(s)
Autor: Secretariado Fecha: 10/08/2009

11 de noviembre de 2010

El Secretariado determinó que la petición cumple con los criterios del artículo 14(1) y solicitó una respuesta de la Parte gubernamental afectada conforme al artículo 14(2).

Determinación - Determinación del Secretariado conforme a los artículos 14(1) y 14(2)
Autor: Secretariado Fecha: 11/11/2010

21 de diciembre de 2010

El Secretariado recibió una respuesta de la Parte gubernamental concerniente y comenzó a considerar si recomendar un expediente de hechos.

Respuesta de la Parte - Respuesta de la Parte conforme al artículo 14(3)
Autor: México Fecha: 20/12/2010

Acuse de recibo - Otros documentos
Autor: Secretariado Fecha: 18/02/2011

27 de julio de 2011

El Secretariado decidió no recomendar la preparación de un expediente de hechos. Por consiguiente, el proceso fue concluido.

Determinación - Determinación del Secretariado conforme al artículo 15(1)
Autor: Secretariado Fecha: 27/07/2011